2024-10-20 20:05:00
El subsidio para mayores de 52 años es una ayuda económica destinada a aquellos desempleados que han alcanzado esta edad y que, debido a su situación, encuentran más dificultades para reincorporarse al mercado laboral. Esta ayuda, gestionada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), tiene como objetivo proporcionar un apoyo financiero a las personas que se encuentran en una etapa avanzada de su vida laboral y que, por diversas razones, no han podido encontrar empleo.
Pero en 2025 se pondrá en marcha este subsidio para que los autónomos que hayan cerrado su negocio también puedan acceder a él. Yolanda Díaz aseguró esta semana que se pondrá en marcha en el “menor tiempo posible” para que pueda ser una realidad a partir de enero.
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Requisitos del subsidio para mayores de 52 años
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- Edad. Tener 52 años o más en el momento de la solicitud.
- Situación de desempleo. Estar en situación legal de desempleo y estar inscrito como demandante de empleo.
- Cumplir con el acuerdo de actividad que está incluido en la solicitud del subsidio.
- Cotización previa. Haber cotizado por desempleo un mínimo de 15 años a lo largo de la vida laboral, incluyendo al menos dos años durante los últimos quince y que has cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de tu vida laboral.
- Renta. No superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluyendo la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, en cómputo mensual.
Duración del subsidio para mayores de 52 años
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El subsidio para mayores de 52 años se puede cobrar hasta que el beneficiario alcance la edad ordinaria de jubilación, momento en el cual podrá acceder a la pensión contributiva de jubilación. Este subsidio no tiene un límite temporal mientras se cumplan los requisitos, lo que proporciona una estabilidad económica significativa para los beneficiarios.
Últimas novedades publicadas en el BOE
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En las últimas actualizaciones publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se han introducido algunas modificaciones importantes en el subsidio para mayores de 52 años. Entre las novedades más destacadas se encuentran:
- Cuantía de la ayuda. Se mantiene en 480 euros, el 80% del IPREM.
- Base de cotización. La base de cotización mínima se mantiene en el 125%.
- Mes de espera. Ya no es necesario esperar un mes desde que se agota la prestación por desempleo para solicitar el subsidio para mayores de 52 años.
- Rentas. Los beneficiarios no pueden tener rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), es decir, 850,50 euros.
- Trabajar y cobrar el subsidio. Es posible compatibilizar el subsidio con un trabajo aunque con ciertas condiciones que puedes leer aquí.
Cómo pueden perder la ayuda los autónomos que vuelvan a darse de alta
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Los autónomos pueden acceder al subsidio para mayores de 52 años si cumplen las condiciones para ello. Pero es importante que tengan en cuenta que si están recibiendo el subsidio no pueden volver a darse de alta porque perderán la ayuda al ser incompatible. Esta situación es distinta para los beneficiarios de la ayuda que quieran compatibilizar con un trabajo por cuenta ajena, que sí es posible.
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Si un beneficiario del subsidio decide reemprender una actividad por cuenta propia, deberá notificar su nueva situación al SEPE. El hecho de darse de alta nuevamente como autónomo implica que ya no cumple con la condición de estar en situación legal de desempleo, uno de los requisitos fundamentales para recibir el subsidio. Por lo tanto, al reactivarse en el RETA, el beneficiario perderá automáticamente la ayuda.
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