2024-07-23 14:53:41
El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha abierto un expediente sancionador a Javier Tebas, presidente de LaLiga, por lo que considera como una infracción “muy grave”. El motivo es la convocatoria de urgencia, de modo injustificado, de la primera asamblea en la que se aprobó el acuerdo CVC LaLiga Impulso por el que dicho fondo se comprometía a inyectar 2.000 millones de euros a los clubes profesionales, menos a Real Madrid, FC Barcelona, Athletic e Ibiza, que se negaron a firmar el acuerdo. De este modo, se inicia un proceso que puede terminar con la inhabilitación temporal, como le ha sucedido a Pedro Rocha, presidente de la RFEF, que en el caso de Tebas puede ser de dos meses a un año.
El TAD ha actuado después de la petición razonada de José Manuel Rodríguez Uribes, presidente del Consejo Superior de Deportes (CSD), fundada en los escritos presentados por el Real Madrid, según la documentación a la que ha tenido acceso este diario. Estos consideraban la discriminación de Tebas contra determinados clubes de LaLiga, denunciaba los plazos de la Asamblea General Extraordinaria de CVC el 12 de agosto de 2021; el “uso abusivo” del presidente de LaLiga “en beneficio de su proyecto LaLiga impulso” y la “ausencia de transparencia del Sr. Tebas Medrano en la convocatoria y gestión de las Asambleas Generales de LaLiga”.
Los plazos y la razón de urgencia de la asamblea
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Las pruebas documentales que sustentan la actuación del TAD son la sentencia que declaró nula la primera asamblea en la que se aprobó el acuerdo entre LaLiga y CVC, celebrada el 12 de agosto de 2021. El proceso se inició tras la denuncia del Athletic, FC Barcelona y Real Madrid. En su defensa, Tebas solicita que “se abstenga de tramitar cualquier procedimiento y adoptar acuerdos en relación con la Resolución del CSD por la que se trasladan al TAD una o varias denuncias presentadas por el Real Madrid contra mi persona, hasta que se resuelva el recurso de reposición interpuesto ante el CSD”.
Asimismo, en caso de haberse iniciado la tramitación de un procedimiento en relación con esta resolución, el presidente de LaLiga solicita “acordar su terminación y archivo con carácter inmediato, procediendo devolver las actuaciones al CSD, no incoando procedimiento sancionador”. Por último, Tebas pide acceso al expediente administrativo que se esté tramitando, “teniéndome como parte en el mismo a todos los efectos y, en caso de que el expediente no se encuentre conformado, a toda la documentación que obre en el TAD”.
El argumento principal del expediente sancionador se refiere a la convocatoria de urgencia de la citada asamblea de CVC LaLiga Impulso con ocho días de antelación y no con 10 como se estipula en las normas. Cabe recordar en este punto que la reunión fue convocada por el adjunto de Tebas. Esta convocatoria, celebrada el 12 de agosto de 2021, fue enmendada cinco meses después para resolver los posibles defectos de forma. En la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 47 de Madrid del 30 de mayo de 2023, uno de los textos en los que se basa el proceso del TAD, se considera que no se especificaron las “razones de urgencia”.
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¿Cuánto tiempo podrían inhabilitar a Tebas?
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“La antelación con la que se convocó la asamblea, además de no estar motivada, perjudicaba a los clubes que desconocían la operación, aunque, dados los plazos, ese perjuicio tal vez hubiera sido igualmente insalvable con una convocatoria ordinaria”, concluye la sentencia, a partir de la cual el TAD aprecia “indicios suficientes para la incoación de un procedimiento contra D. Javier Tebas por la comisión de una posible infracción muy grave”.
Sobre la indebida remisión en plazo de la documentación de la Asamblea General Extraordinaria -dos días antes del encuentro- el órgano consultivo considera que, aun siendo cierto que podrían concurrir indicios para otra falta muy grave, la infracción cometida nunca sería imputable al presidente de LaLiga.
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En relación con la exclusión del FC Barcelona y del Real Madrid de la comisión audiovisual de LaLiga por conflicto de interés (debido a su vinculación con el proyecto de la Superliga), el TAD no aprecia indicios de incumplimiento por la falta de claridad de la normativa sobre a quien corresponde dicha función. Por tanto, es la convocatoria de la Asamblea General Extraordinaria de LaLiga del 12 de agosto de 2021 el único de los supuestos analizados que lleva al TAD a la incoación del expediente disciplinario contra Tebas. Las sanciones irían, desde la amonestación pública a la inhabilitación temporal de dos meses a un año, pasando por la destitución del cargo.
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