2024-10-29 09:00:00
Aquellos trabajadores que por cuestiones de salud se ven imposibilitados temporalmente para desarrollar su labor profesional tienen una red de seguridad que les asegura unos ingresos económicos que recibe durante el tiempo que necesite para recuperarse. Ahora bien, ese tiempo está acotado a una duración máxima de 1 año, pudiéndose ampliar en caso de necesidad medio año más y hasta otro medio año si un Tribunal Médico no se pronuncia antes.
Esta ayuda económica la regula la Seguridad Social, su nombre oficial es el de prestación por incapacidad temporal y, tal y como hemos indicado, podrá durar hasta 545 días, siempre que la prórroga la conceda el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o el Instituto Social de la Marina (ISM).
Pero, ¿qué sucede en el caso de que el trabajador no se recupere de su enfermedad o accidente una vez transcurrido el plazo máximo de cobro de la prestación por incapacidad temporal? En el supuesto de que el trabajador no pueda recibir el alta médica para reincorporarse a su puesto laboral se le abriría un expediente para decidir si se le concede una incapacidad permanente, en caso de que se le considere no capaz de trabajar parcial o totalmente.
Mientras espera a ser calificado por un Tribunal Médico, y en casos de difícil diagnóstico, el trabajador podría seguir estando de baja laboral durante más de 730 días. En ese supuesto serían las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social las responsables de pagar la incapacidad temporal del empleado, según establece el artículo 174.2 de la Ley General de la Seguridad Social.
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El abogado laboralista conocido como en redes como @laboral_tips explica claramente, en la siguiente publicación, de Tiktok qué ocurre cuando un trabajador ya lleva 18 meses de baja laboral y se enfrenta al final de la misma.
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