2025-01-26 10:20:00
Desde el año pasado, el sistema de jubilación en España ha experimentado cambios significativos que afectan a todos los ciudadanos. La Seguridad Social ha introducido modificaciones en las condiciones para jubilarse y ha ampliado las opciones con los llamados convenios especiales, destinados a mejorar las condiciones económicas de los trabajadores que se enfrentan a dificultades para completar su vida laboral.
[–>[–>[–>[–>Con todo, los requisitos para acceder a la jubilación se han endurecido. A partir de este año, para poder jubilarse con 65 años, es necesario haber cotizado 38 años o más. De no alcanzar dicha cifra, el trabajador deberá esperar hasta los 66 años y 8 meses para poder retirarse de la vida laboral.
[–>Este cambio supone un desafío para muchos trabajadores que, por diferentes motivos, no han podido cumplir con el número de años cotizados. Circunstancias personales o laborales, como el desempleo prolongado, pueden hacer que algunas personas queden fuera del mercado laboral sin poder alcanzar los años requeridos, generando incertidumbre sobre su futuro económico.
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¿Qué son los convenios especiales?
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Para apaciguar el impacto de esta nueva normativa, la Seguridad Social también ha puesto en marcha los convenios especiales, una alternativa que permite a los trabajadores incrementar su cotización aunque ya no estén empleados. Esto les ofrece la posibilidad de mejorar sus pensiones de jubilación y asegurar una mayor estabilidad económica en el futuro.
[–>[–>[–>[–>Estos convenios están especialmente dirigidos a personas que no han podido tener una vida laboral continua y completa. Suscribirse a uno de estos convenios permite que los trabajadores sigan cotizando por su cuenta, cubriendo lo que anteriormente pagaba su empleador.
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Requisitos de acceso
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Como cabe esperar, no todos los trabajadores pueden acogerse a los convenios especiales; existen requisitos específicos que deben cumplir. Los principales son:
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- Haber cotizado al menos 15 años a lo largo de la vida laboral.
- De esos 15 años, al menos 2 años deben haber sido cotizados durante los últimos 15 años antes de la jubilación.
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Este sistema está pensado para personas mayores de 55 años que, por diversas razones, se han dado de baja en la Seguridad Social o no alcanzan los requisitos necesarios para optar a la jubilación.
[–>[–>[–>[–>[–>[–>[–>¿Quién puede beneficiarse?
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La Seguridad Social define varios perfiles de trabajadores que pueden beneficiarse de estos convenios especiales. Entre ellos destacan:
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- Aquellos que hayan causado baja en cualquier Régimen sin estar en otro empleo.
- Trabajadores por cuenta ajena indefinidos.
- Quienes tengan 65 años o más y se encuentren en situaciones de pluriempleo o pluriactividad.
- Trabajadores que han dejado su actividad y son contratados con una base de cotización inferior a la de su último año.
- Pensionistas con incapacidad permanente parcial o total que hayan seguido trabajando después de recibir su pensión.
- Personas que han dejado de cobrar prestaciones por desempleo o han perdido su pensión por una sentencia judicial.
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